Reagrupación familiar en España: requisitos y cómo solicitarla
La reagrupación familiar en España permite que una persona extranjera con residencia legal traiga a sus familiares más cercanos para vivir con ella. Sin embargo, es un trámite con muchos requisitos y documentos. Por eso, en este artículo te explico quién puede reagrupar, a qué familiares y qué necesitas para conseguirlo.

¿Qué es la reagrupación familiar en España?
Es una autorización de residencia temporal para los familiares de una persona extranjera que ya reside legalmente en España. A esta persona se la llama reagrupante, y a sus familiares, reagrupados. Además, la autorización del familiar suele durar lo mismo que la del reagrupante, con un mínimo de un año.
Ojo: si tu familiar es ciudadano de la Unión Europea o de nacionalidad española, el procedimiento es distinto. En ese caso, se aplica el régimen de familiares de ciudadanos de la UE o la tarjeta de familiar de español.
¿Quién puede pedir la reagrupación familiar?
Como regla general, el reagrupante debe haber residido legalmente en España durante al menos un año. Además, tiene que haber solicitado la renovación o tener autorización para residir al menos otro año más.
Hay excepciones. Por ejemplo, los titulares de una residencia de larga duración o de larga duración-UE pueden reagrupar a sus ascendientes sin ese año previo. Puedes consultar todos los casos en la hoja informativa del Ministerio de Inclusión.
Familiares que puedes reagrupar en España
- Cónyuge o pareja mayor de 18 años. Si la pareja no está registrada, hay que acreditar al menos 12 meses de convivencia. Además, solo se puede reagrupar a un cónyuge o pareja.
- Hijos propios o del cónyuge o pareja menores de 18 años, o mayores con discapacidad que necesiten apoyo.
- Menores o personas con discapacidad de los que seas representante legal.
- Padres propios o del cónyuge o pareja, mayores de 65 años, que estén a tu cargo. Excepcionalmente, por razones humanitarias, también menores de 65 años.
- Hijo mayor de edad que vaya a cuidarte, si tienes reconocido un grado de dependencia.
Requisitos para la reagrupación familiar
Medios económicos suficientes
Debes demostrar ingresos estables. En concreto, para una familia de dos miembros se exige el 150 % del IPREM mensual, y un 50 % más por cada familiar adicional. Sin embargo, si reagrupas a menores, las cuantías se reducen y basta con ingresos iguales o superiores al salario mínimo en muchos casos.
Vivienda adecuada
Necesitas un informe de vivienda emitido por tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento. Si no lo emiten en un mes, puedes acreditarla por otros medios. Además, el informe no puede tener más de seis meses de antigüedad.
Asistencia sanitaria
Tanto tú como tus familiares debéis tener cobertura sanitaria, pública o mediante un seguro privado.
Otros requisitos
Por último, no puedes tener antecedentes penales ni estar en situación irregular. También hay que pagar la tasa correspondiente.
Cómo se tramita la reagrupación familiar en España
Primero, el reagrupante presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de su provincia, o de forma telemática. La Administración tiene dos meses para resolver. Si no responde, la solicitud se entiende denegada por silencio y se puede recurrir.
Después, si se concede, el familiar pide el visado en el consulado de su país en un plazo de dos meses. Finalmente, al llegar a España, tiene un mes para solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
Errores habituales en la reagrupación familiar
- Presentar la solicitud antes de cumplir el año de residencia.
- Calcular mal los ingresos necesarios según el número de familiares.
- Aportar un informe de vivienda caducado.
- Documentos extranjeros sin legalizar o sin traducir.
En resumen, la reagrupación familiar en España es posible si preparas bien cada requisito. Si quieres que revise tu caso, consulta mis servicios de extranjería.
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